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Todos los ciudadanos cubanos (los nacionales nacidos en la Isla, o los hijos de cubanos que nacieron en el extranjero y fueron registrados a tales efectos, o los que han adquirido esa condición por naturalización) tienen que entrar y salir de Cuba con su pasaporte cubano vigente, sin que se exija por las autoridades migratorias cubanas un término de tiempo específico de validez anterior a su vencimiento, por lo que se podrá entrar o salir de Cuba hasta un segundo ante de la fecha de vencimiento del pasaporte.
Los cubanos cuando viajan a Cuba lo hacen como nacionales, como ciudadanos constitucionales de este país, no como extranjeros, y en caso de que sus pasaportes se venzan completamente estando en territorio nacional, lo extravíen o deterioren, podrán realizar el correspondiente trámite en las oficinas de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) ubicadas en todo el territorio nacional, al amparo de las leyes cubanas y todo el ordenamiento administrativo complementario.
Desconocemos las razones por las que las aerolíneas exigen la vigencia de 6 meses del pasaporte a los cubanos para abordar sus aeronaves con destino a Cuba. Dicho requisito podría ser exigido a un extranjero que viaje a la Isla, pues en caso de vencimiento del documento se le dificultaría su tramitación, pero no es el caso de los cubanos, que están en su patria, y en cualquier categoría migratoria podrían permanecer entre 90 días (emigrantes) y 180 días (residentes en el extranjero-PRE), tiempo suficiente para tramitar la obtención del pasaporte cubano.
Los cubanos sin su pasaporte vigente (válido) no podrán salir o ingresar al territorio nacional. De no cumplir con la referida formalidad establecida en la Ley de Migración y su Reglamento, podría negársele por la aerolínea abordar el vuelo hacia Cuba, o estar expuesto a la decisión discrecional de la autoridad migratoria en el punto de entrada al país.
Por otra parte, en casos de extravío, deterioro o agotamiento del pasaporte, si el titular requiere viajar de inmediato a Cuba, en lugar de uno nuevo, se le puede expedir un Documento de Viaje y Tránsito, previa consulta con la DIIE del Ministerio del Interior, válido para un único viaje a Cuba, en un período no mayor a treinta (30) días, a partir de la fecha de su emisión.
Los trámites sobre solicitud de nuevo pasaporte, renovación por vencimiento, deterioro o pérdida, son personales. No se pueden realizar a través de terceros, solo en los casos de las Agencias Mayoristas autorizadas.
A partir del 1 de julio del 2023 se implementarán nuevas medidas migratorias que en lo que respecta al pasaporte cubano consiste en eliminar las prorrogas y extender el periodo de vigencia del pasaporte a 10 años para los adultos mayores de 16 años y 5 años para los menores de 16 años.
El procesamiento de las solicitudes continúa siendo el mismo para todos los tramites por el momento. Esto significa que van a enviar igual que siempre:
Una planilla correcta y completamente llena, con una foto y la certificación de nacimiento (para los 1ra vez) o la fotocopia del pasaporte anterior (renovaciones)
Recuerden que en los casos de pasaporte por 1ra vez, es muy importante que los clientes aporten direcciones completas y correctas porque es aquí donde muchas veces se estanca el trámite. Si la persona no ha sido identificada por inmigración de cuba, no se comienza el proceso de confección. Es por ello por lo que muchos clientes han enviado algún familiar para averiguar y les dicen que no hay ninguna solicitud a nombre de esa persona. Recuerden siempre que, si no hay identificación, no hay confección.
Se mantiene vigente la prórroga de estancia en el exterior mas allá de los 24 meses automática y sin costo.
Se establece para todos los emigrados antes del 01-01-1971 (los que usan HE-11), el uso del pasaporte cubano al ingresar al país. Todas estas personas van a tener un periodo de tiempo para poder viajar a cuba con su HE-11 y gestionar los documentos que necesitan para poder hacer su solicitud de un 1ra vez y podrán ser identificados como cubanos en la dirección de inmigración nacional, si así lo desean. Lo cual les permitirá realizar su solicitud aquí en Estados Unidos y obtener su pasaporte sin dificultades.
Las solicitudes de legalización de defunción con transcripción para el traslado de cadáveres o cenizas no necesitaran pasar por el Departamento de Estado (virginia) con el fin de que estos trámites se resuelvan en la mayor brevedad posible. Deben adjuntar siempre fotocopia del documento de identidad cubano del fallecido y la certificación de nacimiento.
¡Si es alguien que se va a casar en cuba y está legalizando el certificado de defunción tiene que hacer el proceso igual que todas las legalizaciones!
persona susteniendo su pasaporte cubano
Si tiene necesidad de usar el pasaporte con cierta premura en los próximos meses, la solicitud del nuevo pasaporte debe hacerla con seis meses de antelación.
En caso de pérdida del pasaporte debe presentar, la fotocopia del pasaporte extraviado, si no la tiene, debe presentar una certificación de nacimiento u otra identificación que confirme la ciudadanía cubana, entonces su solicitus sera conciderada como si estuviera solicitando un pasaporte por primera vez.
Si tiene necesidad de usar el pasaporte con cierta premura en los próximos meses, la solicitud de la renovacion debe hacerla con dos meses de antelación. No obstante, usted puede hacer la solicitud del nuevo pasaporte con 6 meses de antelación, en relación con la fecha de vencimiento.
Los ciudadanos cubanos que por algún motivo justificado no puedan regresar a Cuba en el término de los 24 meses y deseen mantener la condición migratoria de viaje temporal o (Residente cubano), pueden solicitar prórroga por más de 24 meses en el Consulado de Cuba.
Para hacer esta solicitud el interesado debe:
Los cubanos que salieron de Cuba antes de 1970, ahora es obligatorio el uso del pasaporte cubano para ingresar a Cuba, solo podrán usar una única visa HE-11, que le permita entrar a cuba por solo una vez y tiene una duración de 90 días con el fin de que puedan conseguir los documentos necesarios para poder obtener su pasaporte cubano.
Para solicitar esta visa debe:
Se otorga, por las autoridades migratorias cubanas, para entrar al territorio nacional a ciudadanos cubanos emigrados que desean reasentarse nuevamente en Cuba con carácter permanente. Las solicitudes serán formuladas en las oficinas consulares por los interesados. El expediente de solicitud de residencia en el territorio nacional se conforma con los documentos siguientes:
En el caso de los menores que deseen repatriarse sin uno o ambos padres deberá presentar un poder (documento notarial) a favor de la persona que asumirá la custodia del menor, otorgado por el padre o de los padres que no se acojan al proceso de repatriación.
Cada persona necesita una atención personalizada porque cada caso es diferente, busca a alguien capacitado y con experiencia para que te guie en tu proceder, tu estatus migratorio es muy importante ya que de ello depende tu futuro y el de tu familia.